Requisitos para viajar con su mascota

 

La documentación que ampara el tránsito de estos animales será solicitada por el inspector del SENASA - Argentina - en el punto de ingreso o egreso del país.

El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) informa cuáles son los requisitos que deben cumplirse para entrar o salir del país con caninos y felinos domésticos.


Para salir de Argentina:

Para poder salir del país con perros y gatos el propietario del animal deberá presentar la siguiente documentación:

1.- Certificado de vacunación antirrábica: (solo para animales mayores de tres meses de edad). Si este Certificado es emitido en la Capital Federal, debe ser extendido en los impresos por el consejo profesional de médicos veterinarios Ley 14072, o en el formulario Oficial del instituto de zoonosis Luís Pasteur, con la firma y sello del profesional actuante. Para el caso de certificados emitidos en las provincias, deberá ser expedido en el formulario del colegio de médicos veterinarios de la Provincia correspondiente o entes Municipales de vacuna antirrábica.

2.- Certificado de buena salud:  (para todos los animales independientemente de su edad). Debe constar: nombre, sexo, pelaje y edad del animal; nombre, apellido y dirección del propietario; y que el animal se encuentre sano en el momento de su examen clínico, no presentando evidencia de enfermedad infecto contagiosa propia de la especie.

Estos Certificados serán canjeados por el Certificado Zoosanitario de Exportación de Caninos y Felinos Domésticos y la validez del mismo será de diez días corridos, contados a partir de la fecha en la cual el Veterinario Particular examinó al animal.

El trámite requiere el pago de un arancel de ,20 por animal, en concepto de convalidación documental oficial para amparar sanitariamente la salida del animal, y puede realizarse en cualquier oficina de SENASA del país. Para viajeros residentes en Capital Federal y Gran Buenos Aires, la dependencia correspondiente es el Lazareto Cuarentenario Capital, ubicado en Elvira Rawson de Dellepiane (ex brasil) y José c. Balbín (dársena sur – puerto de bs. As. ) T.E. 54 - 011 - 4361-4632 / 4362-5755. El horario de atención al público es de lunes a viernes de 12 a 16 horas.


Para entrar a Argentina:

Para autorizar sanitariamente el ingreso definitivo o la admisión temporaria a la República Argentina de perros y gatos, tanto en calidad de animales de compañía o como parte de operaciones comerciales, el propietario deberá presentar:

1.- Certificado zoosanitario de origen: emitido por la Autoridad Oficial del País de Procedencia en el que deberá constar: apellido, nombre y domicilio del propietario; raza, sexo, fecha de nacimiento, pelaje, tamaño y señas particulares del animal. El país de procedencia y el de destino. Este certificado deberá asegurar que el animal identificado fue examinado dentro de los diez días previos al embarque, no presentando ningún signo clínico de enfermedades propias de la especie.

2.- Certificado de vacunación antirrábica: (solo para animales mayores de tres meses de edad), habiendo sido realizada por lo menos treinta días antes de la fecha de ingreso del animal en el caso de los primovacunados, y con una vigencia no mayor de un año.

El trámite requiere el pago de un arancel de en concepto de Inspección Veterinaria de Importación.

S.E.N.A.S.A

Fuente: https://www.senasa.gov.ar/

 



Recomendar a un amigo...